NIÑOS CON NECESIDADES ESPECIALES:


Clasificación de niños con necesidades especiales:

 

1) Con el propósito de adopción de niños con necesidades especiales estos se

pueden clasificar como sigue:

 

a) Niños que se encuentren en serias condiciones médicas mentales o físicas.

b) Niños mayores.

c) Hermanos.

d) Niños con muy bajo peso al nacer (debe ser certificado por personal médico

del gobierno).

2) Las siguientes enfermedades o discapacidades pueden ser consideradas como

visibles o severas condiciones médicas.

i) Spina Bifida;

ii) Ictiosis (Colldian baby);

iii) Falta de miembros;

iv) Falta de dedos;

v) Diabetes severa;

vi) Labios y paladar deformados;

vii) Ciego o parcialmente ciego;

viii) Trastornos convulsivos severos;

ix) Asma crónica;

x) Trastornos severos del corazón;

xi) Hepatitis B+;

xii) Trastornos sanguíneos;

xiii) Raquitismo agudo

xiv) Condiciones ortopédicas severas;

xv) Sordera o parcialmente sordo;

xvi) Polio;

xvii) Marcas de nacimiento que desfiguren;

xviii) Sexo indeterminado;

xix) Labio leporino;

xx) Colostomía;

xxi) Enanismo;

xxii) Hemofilia;

xxiii) Parálisis;

xxiv) Lesión Cerebral;

xxv) Quemaduras;

xxvi) Talasemia mayor;

xxvii) Síndrome de alcoholismo fetal;

xxviii) Displasia ectodérmica (no hay glándulas sudoriperas);

xxix) Microcefalia;

xxx) Epilepsia (no incluye convulsiones inducidas por fiebre);

9xxxi) Síndrome de Pier Robin (sin lengua);

xxxii) Desórdenes neurológicos;

xxxiii) Disfasia (disfunción al hablar

xxxiv) Eczema crónico;

xxxv) Niño con necesidad de tratamiento psiquiátrico;

xxxvi) Cualquier otro niño con discapacidades según se define en Personas con

discapacidades (Equal Opportunities, Protection of Rights and Full

Participation) Ley de 1995(1 de 1996).

 

Nota. La lista dada en el párrafo (2) es solo ilustrativa y no exhaustiva

3) Un niño que padezca una enfermedad o deformidad que no tenga serias

consecuencias a largo plazo y que se puedan corregir, no entrará en la

categoría de "niños con necesidades especiales".

4) Los niños con edades superiores a los cinco años deberán tratarse como niños

con necesidades especiales puesto que la colocación en adopción es difícil.

5) Los hermanos de diferentes edades, siempre que sea posible, se darán en

adopción a la misma familia y serán considerados como niños con necesidades

especiales.

6) Si un niño tiene hitos de retraso severos, según haya certificado el oficial médico

del gobierno, será considerado como niño con necesidades especiales.

7) Un niño que tarde en alcanzar un peso normal no será considerado como niño con

necesidades especiales.